domingo, 6 de noviembre de 2016

Estado Libre y Soberano de la República de Cataluña

Sede del Tribunal Constitucional en Madrid / Wikimedia Commons.

ALFONS LÓPEZ TENA

El 27 de octubre pasado, Javier Pérez Royo publicó en CTXT un artículo, en su día rechazado por El País, defendiendo que la Sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, sobre el Estatuto de Autonomía de Cataluña: "’formalmente’ fue una sentencia, pero que ‘materialmente’ fue un golpe de Estado, que destruyó el bloque de la constitucionalidad, Constitución y Estatut de Autonomía, a través del cual se había producido en democracia la inserción de Cataluña en el Estado español”.
Se basa para ello en una serie de afirmaciones que a mi entender parten del error de considerar el Estado español como plurinacional y la inserción en él de Cataluña como resultante de un pacto, lo cual carece de fundamento alguno tanto en la Constitución como en la jurisprudencia constitucional.
Por lo que se refiere a la primera, baste recordar los artículos 1.1 (“España se constituye…”), 1.2 ( “La soberanía nacional reside en el pueblo español…”) y 2 (“La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles,...”); y por lo que se refiere a la segunda, la Sentencia del Tribunal Constitucional 76/88 (“La Constitución no es el resultado de un pacto entre instancias territoriales históricas que conserven unos derechos anteriores a la Constitución y superiores a ella, sino una norma del poder constituyente que se impone con fuerza vinculante general en su ámbito, sin que queden fuera de ella situaciones históricas anteriores”.)
Yo aquí no veo pacto alguno sino una sola Nación que se constituye en Estado y se dota de una Constitución. Si por pacto se refiere el señor Pérez Royo al acuerdo político que dio lugar a la aprobación de la Constitución, entre la multiplicidad de fuerzas políticas y grupos de presión y de interés que intervinieron y pactaron, lo único que cabe decir es que los negociadores catalanes fueron de una incompetencia tan supina que de su pretendido pacto no quedó en la Constitución ningún rastro:
1- No es ningún pacto que el acceso a la autonomía se regule con requisitos diferentes según se hubiera o no tenido autonomía durante la II República; son normas de mero procedimiento.
2- No es ningún pacto que el Estatuto de Autonomía no pueda modificarse sin que tome la iniciativa la Comunidad Autonóma, pues una vez tomada y enviado el proyecto a las Cortes españolas, éstas pueden hacer lo que les venga en gana en una comisión mixta donde tienen mayoría, y sólo le quedará al cuerpo electoral autonómico rechazarlo en referéndum y quedarse como estaba. El pacto que le ofrecen las Cortes es el de las lentejas: si quieres las tomas, y si no las dejas.
Tiene razón el señor Pérez Royo cuando afirma que “las normas constitucionales sin la adhesión ciudadana son completamente estériles”, pero omite que la falta de adhesión de incluso toda Cataluña, el 16% de la población, carece de importancia si se cuenta con la adhesión de todo el 84% restante.
Muchos reproches cabe hacer al Tribunal Constitucional español en cuanto a su independencia y su imparcialidad, pero lo que no cabe reprocharle es que sea español, elegido por españoles, integrado por españoles, y aplicando la Constitución española de la Nación española en defensa de los intereses españoles. Si fuera el Tribunal Constitucional catalán lo elegirían e integrarían catalanes para aplicar la Constitución catalana de la Nación catalana en defensa de los intereses catalanes. Pero no lo es.
EN TODO ESTADO DE DERECHO UN TRIBUNAL JUZGA SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE TODAS LAS NORMAS INFERIORES A LA CONSTITUCIÓN, AUN APROBADAS EN REFERÉNDUM, Y SU DECISIÓN SE IMPONE A TODOS
En todo Estado de Derecho un Tribunal juzga sobre la constitucionalidad de todas las normas inferiores a la Constitución, aun aprobadas en referéndum, y su decisión se impone a todos, pues como dijo el Juez Robert H. Jackson "We are not final because we are infallible, but we are infallible only because we are final.” (No somos definitivos porque somos infalibles, sino que somos infalibles sólo porque somos definitivos). No hay en ello problema alguno ni constituye un golpe de Estado, sino la esencia misma del imperio de la ley y el Estado de Derecho.
El problema es que la ficción del autogobierno y la fantasía del pacto, que con tanto fervor en Cataluña se venían sosteniendo a lo largo de tres décadas, fueron crudamente desmentidas por un Tribunal Constitucional que avaló que el cumplimiento del Estatuto de Autonomía depende de la voluntad unilateral de los gobiernos españoles, y que su aprobación y contenido dependen de la voluntad unilateral de las Cortes españolas.
El problema es que el referéndum del pueblo de Cataluña y la voluntad de su Parlamento se estrujaron como una aljofifa hasta quedar patente que su pretendido autogobierno es una tramoya de cartón piedra.
El problema es que lució la verdad de un sistema institucional, en el que se integra el Tribunal Constitucional como pieza clave, concebido y gestionado para asegurar el dominio nacional de los españoles sobre los catalanes.
El problema es que cayeron las caretas.
Ni al señor Pérez Royo ni a mí nos agrada esta situación, por diferentes razones, pero no se saldrá de ella con interpretaciones constitucionales que carecen de sustento sino, si efectivamente la desafección de la mayoría de los catalanes deviene un problema que se pretenda solucionar, de tres maneras posibles:
–Reformando la Constitución para convertir el Estado en plurinacional, con España y Cataluña al mismo nivel y con los mismos poderes y competencias, con un Tribunal Constitucional paritario entre ambas.
–Independizando Cataluña.
–Haciendo lo mismo que en la Transición, cuando se  incluyeron en la Constitución unas palabras (nacionalidad, derechos históricos, autonomía) que no significan nada más que descentralización administrativa a la libérrima disposición de unas Cortes, Gobierno, y Tribunal Constitucional, donde siempre mandarán los españoles y nunca mandarán los catalanes.
UN REFERÉNDUM, QUIZÁ NO PRECEPTIVO PERO QUE QUEDA MONO Y COMBINA CON TODO, LEGITIMARÍA LA NUEVA FARSA
Bastaría entonces con incluir en la Constitución la enumeración de las actuales Comunidades y Ciudades Autónomas (sic) con un título más elevado, al mexicano modo: Estado Libre y Soberano de la República de Andalucía, Estado Libre y Soberano de la República de Aragón, y así sucesivamente hasta completar las 19 con el Estado Libre y Soberano de la República de La Rioja. No se cambiaría nada más. Un referéndum, quizá no preceptivo pero que queda mono y combina con todo, legitimaría la nueva farsa.
Cuando los catalanes quisieran darse cuenta de que les han tomado el pelo habrán pasado 40 años, como con la tomadura de pelo anterior y aún vigente. Ya advirtió Unamuno que siempre serán unos niños porque les ahoga la estética, así que se creerán durante largo tiempo que las nuevas palabras (Estado, Libre, Soberano, República) significan algo por sí mismas, cuando sólo significarán lo que las Cortes, el Gobierno, y el Tribunal Constitucional, donde mandan los españoles, quieran que signifiquen.
Los catalanes continuarán preguntándose, como la perpleja Alicia, que la cuestión es si las palabras pueden significar cosas tan diferentes; y los españoles sabrán, como Humpty Dumpty, que la cuestión es quién sea el amo, y que eso es todo. Que cada Nación haya porfiado en un enfoque tan diferente a lo largo de cinco siglos explica que España sea independiente, y que Cataluña no.

AUTOR: Alfons López Tena

Fuente. CTXT - Público

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