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miércoles, 4 de enero de 2017

Bélgica: Estado de excepción sin estado de emergencia

El primer ministro de Bélgica, Charles Michel, ante la Cámara de Representantes.

por Jean-Claude Paye

Poco a poco, todos los Estados miembros de la Unión Europea van adoptando alguna forma de estado de excepción, lo que justifican con la lucha contra el terrorismo. Después de demostrar en anteriores artículos la total ineficacia de esa medida, Jean-Claude Paye analiza aquí la subjetivación del derecho, que ya no reprimirá solamente los hechos cometidos sino supuestas intenciones.


La «lucha contra el terrorismo» está modificando constantemente el entorno jurídico. En Bélgica, la Cámara acaba de adoptar, el 1º de diciembre y ante la indiferencia general, la ley que «modifica el Código Penal en materia de represión del terrorismo», una legislación que acentúa fuertemente la subjetivación del derecho. Al separar la incriminación de la materialización del acto, las legislaciones antiterroristas constituyen una ruptura en la escritura del derecho penal. Ya se trata no tanto de reaccionar contra los hechos como de castigar intenciones. Toda la evolución legislativa consistirá en hacer cada vez más abstracto lo que realmente se castiga bajo la acusación de terrorismo, su carácter intencional, en convertirlo en algo de por sí separado de la realidad de los hechos. Es desde esa perspectiva de creación de incriminaciones políticas que debemos leer las sucesivas nociones de participación, preparación o incitación «indirecta» al terrorismo, tanto en Bélgica como en cualquier otro país de la Unión Europea.

Los días 13 y 15 de diciembre de 2016, la Asamblea Nacional y el Senado de Francia adoptaron la ley que prolonga el estado de emergencia hasta el 15 de julio de 2017. Este régimen de excepción se ha mantenido en vigor desde los atentados del 13 de noviembre de 2015 y ya ha sido prorrogado 4 veces.

Si bien pudiera decirse que Francia se halla bajo un estado de emergencia que se ha hecho permanente, lo cierto es que la Constitución de Bélgica no contempla nada que se parezca al estado de emergencia, como sí existe en la ley francesa de 1955. El artículo 187 de la Ley Fundamental de Bélgica estipula, por el contrario que «la Constitución no puede suspenderse, ni total ni parcialmente». La Ley Fundamental de Bélgica sólo prevé el «estado de guerra», en su artículo 167.

Disposiciones de estado de excepción

Sin embargo, después de los atentados en Francia y en Bélgica, el gobierno belga adoptó disposiciones propias de un estado de excepción. En enero de 2015 se dieron a conocer 12 medidas [1] y en noviembre del mismo año se anunciaron otras 18 [2], como la retirada de documentos de identidad a las personas que representan «un riesgo para el orden público o la seguridad», la posibilidad de efectuar registros, de día o de noche, ante infracciones terroristas o la imposición del porte de un brazalete electrónico a las personas fichadas por los servicios de análisis de amenazas. Los registros nocturnos fueron posteriormente legalizados con la ley del 27 de abril de 2016 [3]. Dichos registros están ahora autorizados en caso de asociación para delinquir o en caso de organización criminal, si existen «indicios serios de posesión de armas prohibidas».

Esa ley crea también la base jurídica para una centralización de los bancos de datos de los servicios de policía y de inteligencia sobre los combatientes terroristas extranjeros que son o han sido residentes en Bélgica. Pero esta lista puede seguir extendiéndose ya que depende de la subjetividad de los operadores y de las intención que se atribuya a las personas afectadas. Así que también incluirá datos sobre las personas que, «voluntariamente o no», se hayan visto impedidas de viajar a la zona de conflicto o que tienen «intención» de hacerlo y de otras personas que no reúnen esas condiciones pero sobre las cuales «existen indicios de que pudieran ser consideradas» combatientes terroristas extranjeros [4].

La diferencia entre Francia y Bélgica se mide en número de registros y arrestos domiciliarios, proporcionalmente mucho más importante en Francia, y en el carácter administrativo de las medidas. Es también en términos de reducción de las libertades públicas que puede notarse la implantación de un estado de emergencia, al permitir este la frecuente prohibición de manifestaciones y concentraciones en la vía pública.

Salida al extranjero «con fines terroristas»

En materia de acción contra las libertades privadas, se ha visto en Bélgica un frenesí legislativo que puede, en ciertos casos, sobrepasar incluso el modelo francés. Presentada como una disposición tendiente a enfrentar atentados como los de Charlie-Hebdo [el semanario humorístico atacado] en París y relacionada con las medidas antiterroristas de enero de 2015, la ley del 20 de julio de 2015 [5] incrimina los desplazamientos al extranjero y el regreso a Bélgica «con fines terroristas». Esa ley modifica además las reglas de pérdida de la nacionalidad, en caso de condena por infracción terrorista.

Se inserta así en el Código Penal un nuevo comportamiento terrorista: el desplazamiento al extranjero y regreso a Bélgica para cometer una infracción terrorista. Por otro lado, ahora se autorizan las escuchas telefónicas, durante el proceso de instrucción, para ese tipo de delito. Y, finalmente, todas las infracciones «terroristas» pueden ahora llevar a la pérdida de la nacionalidad. Esos comportamientos se castigarán independientemente de la realización o no del acto mismo ya que el objetivo supuestamente sería «prevenir un resultado dañino». La legislacion no se limita a actuar contra las organizaciones terroristas sino que también persigue a los «lobos solitarios», o sea personas que supuestamente actuarían de forma aislada, manteniéndose vinculadas al «terrorismo internacional» de manera virtual.

La posibilidad otorgada al juez de despojar a alguien de la nacionalidad belga se extiende ahora a todas las infracciones terroristas previstas en el Código Penal, en caso de que la persona sea condenada, como autor, coautor o cómplice, al menos a 5 años sin derecho a suspensión de pena. Se exceptúan solamente los casos en los que la pérdida de la nacionalidad convertiría al reo en apátrida.

Incitación «indirecta» al terrorismo

Viene después la ley del 3 de agosto de 2016 «sobre las diversas disposiciones en materia de lucha contra el terrorismo» [6] que convierte en delito punible la incitación al desplazamiento al extranjero «con fines terroristas», así como el reclutamiento para viajar al extranjero o para volver a Bélgica «con fines de terrorismo». Anteriormente, sólo se perseguían la incitación o el reclutamiento para realizar un «atentado terrorista».

Lo más importante es que esta ley suprime uno de los elementos constitutivos de la infracción existente, o sea la condición de que «el comportamiento que promueve, directamente o no, la comisión de infracciones terroristas “cree el peligro” de que se lleguen a cometer una o varias de esas infracciones». Esta formulación, que forma parte de la ley de 2013, proviene de la Convención del Consejo de Europa sobre la Prevención del Terrorismo. El lector notará que este elemento constitutivo de la infracción tampoco aparece mencionado en la infracción de «incitación pública al terrorismo», que forma parte del Código Penal francés.

La ley del 3 de agosto de 2016 modifica profundamente la incriminación por incitación al terrorismo, que aparece en la ley del 18 de febrero de 2013 [7]. Esta ley apuntaba contra el hecho de difundir o de poner a la disposición del público un mensaje con intención de incitar, «directa o indirectamente», a la comisión de una infracción terrorista. La incriminación por incitación indirecta permite castigar el escrito o la palabra pronunciada aparte de la realización misma del acto.

Esta posibilidad, que aparece con la ley de 2013, había sido rechazada anteriormente –a inicios de 2008– por los parlamentarios belgas, tanto por los de la mayoría como por los de la oposición, durante un control de la subsidiaridad de la proposición de Decisión Marco 2008/919/JAI del Consejo de la Unión Europea que impone que se persiga la incitación al terrorismo. Sin embargo, el texto adoptado en 2013 no se diferencia en nada del que fue rechazado en 2008 [8]. El cambio de actitud del poder legislativo es sintomático del camino que ha recorrido, en pocos años, el proceso de abandono de las libertades fundamentales.

En el marco de la ley de 2013, la incitación directa al terrorismo ya era una incriminación especialmente imprecisa, violatoria del principio de legalidad. El magistrado tiene que especular sobre las intenciones disimuladas del autor, así como sobre la sensibilidad subjetiva de quienes reciben o pueden recibir el mensaje. El juez tiene también que decidir si la difusión del mensaje «crea el riesgo» de que llegue a cometerse una infracción terrorista, aunque no llegue a cometerse en la práctica. Se trata, por ende, de un factor puramente subjetivo que no tiene que enfrentarse a ninguna forma de objetivación.

De la incitación al terrorismo al delito de opinión

Paradójicamente, la ley de 2016, elimina esta calificación. La noción de riesgo deja ahora de ser necesaria para calificar un discurso o un escrito como incitación indirecta al terrorismo, reforzando así la posibilidad de crear un puro delito de opinión.

Al igual que su modelo –la ley francesa sur la incitación pública al terrorismo– el nuevo proyecto de ley [belga] viola la Convención del Consejo de Europa sobre la Prevención del Terrorismo. Esta última es especialmente explícita:

«Para evaluar “si tal riesgo” es engendrado, hay que tomar en consideración la naturaleza del autor y del destinatario del mensaje, el contexto del autor y del destinatario del mensaje, así como el contexto en que se comete la infracción…» [9]

El discurso o el escrito en cuestión se ven así criminalizados, aunque no conduzcan ni constituyan ningún peligro de realización de algún acto terrorista. Esa incriminación podría, por ejemplo, abrir la puerta a represalias contra un desacuerdo radical con la política exterior de Bélgica, o contra un discurso o escritos de estímulo a la población siria para que se defienda ante los bombardeos de la OTAN sobre su territorio.

La comisión de esta infracción siempre requiere un dolo específico, como precisa el uso de los términos «con intención de incitar directa o indirectamente a la comisión de una infracción terrorista». Nuevamente se valoriza el factor subjetivo, en detrimento de todo elemento objetivo.

La «participación» en un delito terrorista

Prosigue el proceso de subjetivación del derecho penal. La Cámara acaba de adoptar, el 1º de diciembre de 2016, el proyecto de ley «que modifica el Código Penal en materia de represión del terrorismo» [10]. Este texto modifica la noción de participación en una organización terrorista. Esta última incriminación, introducida por la ley del 19 de diciembre de 2003, castiga a «toda persona que participe en una actividad de un grupo terrorista […] a sabiendas de que esa participación contribuye a la comisión de un crimen o de un delito del grupo terrorista». La ley de 2016 sustituye las palabras «a sabiendas» y el verbo «contribuye» por «pudiera contribuir». Eso amplía considerablemente la incriminación. Se crea una noción de conocimiento potencial que reemplaza al hecho real de saber. Todo dependerá de un poder muy amplio de apreciación otorgado al juez.

Ese tipo de incriminación se opone a la seguridad jurídica que exige que, para que un acto sea punible, el autor tiene que ser capaz de saber, en el momento en que actúa, que ese acto constituye una infracción. La ley sugiere así que más vale abstenerse de cualquier acto de solidaridad hacia los pueblos que contradicen, en el terreno, la política internacional de Bélgica.

Los parlamentarios acaban de aceptar lo que antes habían rechazado. No está de más recordar que, durante los trabajos parlamentarios alrededor de la ley del 10 de enero de 1999 “sobre las organizaciones criminales” –una legislación que anticipa las leyes antiterroristas–, las palabras “o debe saber” fueron eliminadas del artículo que criminaliza la participación en ciertas actividades de la organización criminal. Durante la discusión se indicó entonces que «se invertía así la carga de la prueba», que se corría el peligro de poner en manos del juez un margen de apreciación demasiado amplio, conduciéndolo a deducir la culpabilidad de un sospechoso «in abstracto, sin referencia con lo que ha vivido [11].

La «preparación» de un delito terrorista

La ley de diciembre de 2016 prevé también que se persigan los actos preparatorios de una infracción terrorista, actos que consisten en «facilitar y hacer posible» la ejecución de la acción pero que «no constituyen actos materiales de dicha infracción». La exposición de los motivos precisa que los actos preparatorios deben distinguirse de la tentativa. Incriminar los primeros permitiría intervenir antes de que la infracción llegue a cometerse, durante la fase preparatoria del acto. El intento, en cambio, se caracteriza por la manifestación de acciones exteriores que conforman un inicio de ejecución del delito.

Contrariamente al intento, que abarca actos materiales, lo esencial de la noción de preparación de una infracción terrorista se basa en un elemento subjetivo, que es la intención que se atribuye al acusado. Esta incriminación puede abarcar así actos que no son ilegales pero que se convierten en constitutivos de una infracción al ser vinculados a una «intención» de cometer un acto terrorista.

El gobierno belga se ha inspirado en las legislaciones de Francia y Alemania. Pero estas prevén una lista de comportamientos que deben ser considerados como actos preparatorios. Hay que observar que la ley francesa exige la combinación de un acto preparatorio (el hecho de estar en posesión, de buscar, de procurarse o de fabricar objetos o sustancias que crean un peligro para los demás) con otro factor (por ejemplo: recoger información sobre lugares para la realización de una acción). Pero esa solución no se aceptó porque fue considerada «demasiado restrictiva». En Bélgica, es el factor subjetivo, la intención criminal que se atribuye al autor, lo que permitirá decidir si el acto en cuestión es ilegal, sin tratar, contrariamente a lo que se hace en Francia, de dar un carácter un poco más objetivo a la incriminación de los actos preparatorios.

La subjetivación del derecho penal belga puede, en ciertos casos, ir más lejos que su modelo francés. Su ataque contra las libertades privadas es por ello al menos tan constante como el del modelo francés. En materia de desmantelamiento de las libertades públicas, Francia sólo se mantiene por delante de Bélgica por haber instaurado un estado de emergencia que se ha hecho permanente.

Jean-Claude Paye

[1] «12 mesures contre le terrorisme et le radicalisme», Documento presentado en conferencia de prensa al final del Consejo de Ministros del 16 de enero de 2015.

[2] «Les 18 mesures prises par le gouvernement pour lutter contre le terrorisme», Le Vif, 19 d noviembre de 2015.

[3] Loi relative à des mesures complémentaires en matière de lutte contre le terrorisme, ley del 27 de abril de 2016, publicada el 9 de mayo de 2016.

[4] «Un Arrêté royal précise le fonctionnement de la banque de données ‘Foreign Terrorist Fighters’», Laure Lemmens y Karin Mees, LegalWorld.be, 28 de septiembre de 2016.

[5] «Loi du 20 juillet 2015 visant à renforcer la lutte contre le terrorisme», Moniteur belge, 5 de agosto de 2015.

[6] Projet de loi portant sur des dispositions diverses en matière de lutte contre le terrorisme, texto adoptado en sesión plenaria el 3 de agosto de 2016, DOC 54 1951/006.

[7] «Loi du 18 février 2013 modifiant le livre II, titre Ier ter du Code pénal», Moniteur belge, 4 de marzo de 2013.

[8] «L’incitation indirecte au terrorisme: un terme qui piège la liberté d’expression? », Manuel Lambert, Jan Fermon, Ensemble n° 78, abril de 2013.

[9] In «La lutte contre le terrorisme: l’urgence est mauvaise conseillère», Ligue des droits de l’Homme, 17 de julio de 2016.

[10] Projet de loi modifiant le code pénal en ce qui concerne la répression du terrorisme, texto adoptado en sesión plenaria, el 1º de diciembre de 2016, DOC 54 1579/013.

[11] «Rapport Vandenberghe sur le Projet de loi relative aux organisations criminelles», Documento parlamentario, Sénat de Belgique, 1997-98, n° 1-662/4, pp. 13-14 y pp. 28-29.

Jean-Claude Paye
Jean-Claude Paye Sociólogo. Último libro publicado en español: El Final Del Estado De Derecho: La Lucha Antiterrorista: Del Estado De Excepción A La Dictadura, (Argitaletxea Hiru, 2008). Último libro publicado en inglés: Global War on Liberty (Telos Press, 2007).

Artículo bajo licencia Creative Commons

La Red Voltaire autoriza la reproducción de sus artículos a condición de que se cite la fuente y de que no sean modificados ni utilizados con fines comerciales (licencia CC BY-NC-ND).

Fuente : «Bélgica: Estado de excepción sin estado de emergencia», por Jean-Claude Paye, Red Voltaire , 1ro de enero de 2017, www.voltairenet.org/article194806.html

jueves, 16 de junio de 2016

FRANCIA: INSTAURACIÓN DE UN ESTADO POLICIAL (2ª PARTE)

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Estado de excepción con estado de urgencia

por Jean-Claude Paye

Cuando el gobierno de Francia autoriza ciertas manifestaciones y otras no, ya se demuestra que el estado de urgencia no responde a una necesidad sino a la voluntad de imponer un régimen autoritario. El análisis de los textos y la manera en que están siendo aplicados no dejan lugar a dudas.



El 10 de mayo de 2016, el Senado [francés] adoptó, por amplia mayoría, el proyecto de ley que alarga el estado de urgencia por 2 meses. Después de los atentados perpetrados en París, el estado de urgencia ya había sido prolongado por 3 meses con la ley del 20 de noviembre de 2015 [1]. Posteriormente se agregó un nuevo periodo de 3 meses, que expira el 26 de mayo. El gobierno [francés] parece hallar así muchas dificultades para salir del estado de urgencia, a pesar del voto por el Senado, el 5 de abril de 2016, de la ley de reforma penal que «refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizado». Esta legislación representa una vertiente penal para el uso de los dispositivos legales de espionaje contra la ciudadanía francesa, dispositivos enumerados en las diferentes reformas que ponen fin a la vida privada de los franceses, como la última ley sobre la inteligencia [2]. Esa ley convierte en algo normal una serie de medidas liberticidas autorizadas por el estado de urgencia, como el espionaje contra la ciudadanía y la limitación de la libertad de movimiento de las personas implicadas en los «regresos de Siria».

¿Estado de urgencia
o Estado de derecho?

Al prolongar el estado de urgencia, este proyecto de ley mantiene las medidas existentes que restringen las libertades públicas y el derecho de Habeas Corpus de los ciudadanos. Incluye «medidas de restricción de la circulación de las personas y vehículos», así como «la prohibición de estancia en ciertos lugares». También permitirá «mantener a bajo arresto domiciliario a las personas que actualmente se encuentran [en esa situación]» [3].

Pero ya no contiene las disposiciones sobre los registros administrativos, medidas que tienen que ver con la vida privada de los franceses. Esta actualización del estado de urgencia nos indica que su objetivo específico es, efectivamente, restringir las libertades públicas y el derecho de cada cual a disponer de su propio cuerpo. En cuanto a la limitación de las libertades privadas, esta es resultado de una inflación en materia de leyes «antiterroristas» que implantan una vigilancia generalizada sobre la población. Francia no esperó a la promulgación del estado de urgencia para arremeter contra las libertades privadas de sus ciudadanos. Estas medidas, tomadas desde hace una decena de años, han sido adoptadas cada vez sin límite de tiempo. Es, por consiguiente, sorprendente ver al primer ministro Manuel Valls tratar de justificar el estado de urgencia hablando de un Estado de Derecho que, en la práctica, ya no existe.

La declaración del primer ministro Manuel Valls a la radio pública France Inter –«el estado de urgencia es el Estado de Derecho»– constrasta con la del policía que, durante una dura intervención, dice a la persona traumatizada por la acción policial: «De todas maneras, estamos en estado de urgencia. Hacemos lo que queremos.» [4]

Lo que estima la jerarquía podría llevarnos a la conclusión de que el primer ministro tiene razón y el policía no. Pero la cantidad de puertas derribadas, de registros, de arrestos y medidas de detención domiciliaria, adoptadas sin que las personas afectadas presenten ningún tipo de peligrosidad, nos indica que la declaración del policía no es injustificada.

Estado de urgencia y
preservación del orden

Observemos, primeramente, que resulta paradójico invocar el Estado de Derecho para justificar la prórroga por 3 meses de un estado de urgencia cuyo único objetivo es saltarse el principio de separación de poderes, liquidar el poder judicial y concentrar todas las prerrogativas en manos del poder ejecutivo y de su policía.

El texto de la ley del 20 de diciembre, que prolonga el estado de urgencia, contradice lo que preconiza la Corte Europea de Derechos Humanos. Esta última estipula toda injerencia en el derecho que vela por el respeto de las libertades sólo puede basarse en una «ley particularmente precisa», o sea en base a reglas claras y detalladas. La ley sobre el estado de urgencia es todo lo contrario. Sus artículos son particularmente nebulosos y dejan a la interpretación un margen casi ilimitado.

Desde el inicio del estado de urgencia, la mayoría de los registros administrativos se han realizado, no por cuestiones vinculadas al terrorismo sino por casos vinculados a la preservación del orden, por ejemplo, contra militantes ecologistas; o de derecho común, sin ningún vínculo con la lucha contra «el terrorismo de guerra», confirmando así que la «guerra contra el terrorismo» es ante todo un conflicto entre el gobierno y su propia población.

Varios militantes ecologistas ya habían sido puestos bajo arresto domiciliario para impedir que participaran en la manifestación prohibida del 29 de noviembre de 2015. También en el marco del estado de urgencia prosiguen las prohibiciones de ejercer ese derecho constitucional. Después de haber impedido que activistas «antifascistas y anticapitalistas» participaran en la manifestación unitaria del 17 de mayo de 2016 contra la ley del trabajo, la prefectura de policía de París también decidió prohibirle a un periodista, correctamente identificado como tal, cubrir esa movilización [5]. La prohibición de hacer manifestaciones es coherente con el procedimiento utilizado para imponer el proyecto de ley de reforma del código de trabajo, el artículo 49-3 de la Constitución [de la República Francesa] que permite comprometer la responsabilidad del gobierno para no someter [una ley] al voto de los parlamentarios.

Recordemos también que el primer mes del estado de urgencia arrojó un balance de 2 700 registros administrativos, 360 arrestos domiciliarios y 287 personas en prisión preventiva [6]. Seis meses después de los atentados, el balance se eleva a 3 549 registros administrativos y cerca de 400 personas bajo detención domiciliaria [7].

Registros ampliados

Los registros nocturnos, sin autorización judicial, pueden realizarse si existen «serias razones para pensar que el lugar está siendo visitado por una persona cuyo comportamiento constituye una amenaza». Ese tipo de registros va en contra de la inviolabilidad del domicilio y puede realizarse por razones imprecisas y no vinculadas a ningún elemento material.

Los ordenadores y teléfonos pueden ser objeto de registros y los datos que contienen pueden ser copiados. No se precisa que haya que destruir esos datos si no revelan infracciones y pueden ser transferidos a un banco general de datos. El registro administrativo no se limita a la copia de elementos encontrados en los aparatos, también permite recoger el conjunto de los elementos y documentos «accesibles a partir del sistema inicial o disponibles para el sistema inicial». Podría extenderse incluso a las relaciones de la persona que es objeto del registro. Esta medida se inserta así en un sistema global de control sobre la población.

Internet, que sigue siendo considerado como el principal instrumento de «radicalización» y de «incitación al terrorismo», también está en la mira de las autoridades francesas. En el marco del estado de urgencia, el ministro del Interior puede «adoptar cualquier medida para garantizar la interrupción de cualquier servicio de comunicación pública en línea», sitio web o red social «que provoque la realización de actos de terrorismo o que haga la apología [de ese tipo de actos]». Pero esta medida no es nueva porque la posibilidad de ordenar por vía administrativa el bloqueo de sitio web ya existe en la ley antiterrorista de noviembre de 2014 [8].

Limitación del derecho de asociación

La posibilidad de impedir toda reunión en la vía pública, por «razones de seguridad», durante el estado de urgencia, ya permitió prohibir la gran manifestación que debía realizarse en París el 29 de noviembre, el día antes de la apertura de la Conferencia de la ONU sobre el clima (COP21).

Esa prohibición inquieta también a las organización sindicales, las cuales observan que «no son objeto de medida similares ni la apertura de los centros comerciales, ni la realización de eventos deportivos en estadios capaces de acoger decenas de miles de personas» [9].

Gracias a la noción de acto contra el orden público, el texto ofrece un amplio margen a la apreciación para disolver las asociaciones o grupos que pudieran oponerse a la política gubernamental, los grupos «que participan en la realización de actos que afectan gravemente el orden público o cuyas actividades faciliten la realización de ese tipo de actos o inciten a ello». La disolución de esas asociaciones no se limita al periodo de duración del estado de urgencia… es definitiva. Esta medida ya estaba autorizada por el Código de Seguridad Interna, pero únicamente para las personas «que cometen acciones con vista a provocar actos de terrorismo en Francia o en el extranjero». La posibilidad de disolución se extiende ampliamente recurriendo a la noción de acto contra el orden público y podría potencialmente incluir a cualquier grupo de oposición a la política gubernamental.

Endurecimiento del régimen de arresto domiciliario

La nueva ley retoma disposiciones ya existentes en la ley de 1955 sobre el estado de urgencia [10], permitiendo prohibir «la circulación de personas o vehículos» en determinados lugares y en determinados horarios, instaurando «zonas de protección» donde se reglamente la estancia y prohibiendo la estancia de «toda persona que busque obstaculizar la acción de los poderes públicos».

En cuanto a las condiciones de la detención domiciliaria decidida sin intervención de ningún juez, estas se hacen más duras. La ley de 1955 se aplicaba a toda persona «cuya actividad resulte peligrosa», ahora se aplica a toda persona «sobre quien existan razones serias para pensar que su comportamiento constituye una amenaza». La formulación es mucho más larga y nebulosa ya que las «razones serias» no están especificadas. Al pasar de «la actividad» al «comportamiento», la nueva ley abandona los hechos materiales para acercarse a un delito de intención. La persona sometida a la detención domiciliaria, a quien se le retiran sus papeles, tiene que presentarse 3 veces al día en la policía o la gendarmería. Se le prohíbe entrar en contacto con ciertas personas «designadas por sus nombres». Si ya ha sido condenada por terrorismo, es posible imponerle el porte de un grillete electrónico. Las detenciones domiciliarias se basan en gran parte en las llamadas «notas blancas» de los servicios de inteligencia, documentos no firmados, sin fecha y redactados por servicios que no se identifican.

Con olor a «lettre de cachet» [11]

Las medidas que atentan contra las libertades privadas, y que aparecen en las diferentes leyes que implantan un sistema de vigilancia contra la población, se pusieron inmediatamente en práctica por una duración indeterminada. Así que no tenían que ver con un estado de urgencia sino que eran la expresión de un cambio de régimen jurídico y político, de la aplicación progresiva de un régimen autoritario.

Lo mismo sucede con las medidas que el gobierno adoptó en el marco del estado de urgencia. Las disposiciones justificadas por un estado de urgencia son normalmente de carácter temporal y limitado, pero casi todas las órdenes de detención domiciliaria no mencionaban la duración de la medida. Estas órdenes se basan en un modelo que contiene el mismo primer artículo: «Desde el momento en que le sea notificada la presente orden, el señor… está obligado a residir en el territorio de la comuna de…» [12]. Sólo las pocas detenciones domiciliarias aplicadas a activistas durante la COP21 incluían una fecha de expiración. La persona afectada por la orden de detención domiciliaria depende así enteramente de la voluntad y los caprichos de la administración, no sólo en cuanto a los motivos (las serias razones para pensar) de la medida que se le aplica sino también en cuanto a su duración. El 28 de noviembre de 2015, el ministro [francés] del Interior, Bernard Cazeneuve, da cuerpo a esas serias razones cuando declara:

«Hemos puesto bajo detención domiciliaria a 24 personas porque habían cometido actos violentos en el pasado en ocasión de manifestaciones y habían expresado el deseo de no respetar los principios del estado de urgencia. […] Yo asumo totalmente esta firmeza.»

Dicho de otra manera, las serias razones de pensar que las personas saldrán a hacer manifestaciones justifican la medida que debe impedirles ejercer sus derechos políticos y constitucionales.

El juez administrativo como coartada

El gobierno presenta al juez administrativo como guardián de la legalidad del procedimiento: este se encarga de «controlar la exactitud de los motivos presentados por la administración como los que dan lugar a su decisión y pronunciar la anulación de esta cuando el motivo invocado se basa en hecho materialmente inexactos» [13]. El problema es que el juez administrativo no dispone de medios para ejercer ese control ya que, generalmente, tiene que basar su propia apreciación en las notas blancas de los servicios de inteligencia. Como el tribunal administrativo no dispone de medios para evaluar la pertinencia de la medida no puede hacer otra cosa limitarse a velar por el respeto de los procedimientos. Y al hacerlo, a pesar del carácter limitado de sus intervenciones, los jueces administrativos han puesto en tela de juicio la detención domiciliaria por un periodo indeterminado.

En respuesta a las gestiones de personas puestas bajo detención domiciliaria, algunas jurisdicciones –como las ciudades de Pau y Dijon– obligaron a la administración a precisar la duración de las detenciones domiciliarias. Los jueces administrativos comprobaron que la orden del ministerio del Interior no incluye «ninguna precisión formal, condicional o implícita en cuanto a su aplicación en el tiempo». El tribunal administrativo de Pau subrayó que «ser informado, desde el momento en que se notifica una medida que restringe la libertad de movimiento, sobre la duración durante la cual esta medida es susceptible de aplicarse» [14]. En su juicio del 22 de diciembre, el Consejo Constitucional se pronunció en el mismo sentido que el tribunal administrativo, recordando que «el juez administrativo está encargado de asegurarse que esta medida es adecuada, necesaria y proporcional a la finalidad que persigue». Y precisó que, además de la medida misma, «su duración, sus condiciones de aplicación y las obligaciones complementarias que deben acompañarla tienen que ser justificadas y proporcionadas».

Las detenciones domiciliarias:
ataque contra el Habeas Corpus

A pesar de su carácter abiertamente liberticida, el Consejo Constitucional juzgó, el 22 de diciembre de 2015, que el régimen de detención domiciliaria, establecido por el estado de urgencia después de los atentados del 13 de noviembre, «es una medida que depende únicamente de la policía y que, por consiguiente, no puede tener otro objetivo que preservar el orden público y evitar las infracciones» y que de esa manera «estas disposiciones no implican una privación de la libertad individual en el sentido del artículo 66 de la Constitución» [15].

Esta alta jurisdicción había sido llamada a pronunciarse el 11 de diciembre, como consecuencia del recurso que había presentado uno de los 7 militantes ecologistas detenidos preventivamente antes de la realización de la COP21 [16]. De esa manera, el Consejo Constitucional se alinea con el uso que el gobierno hace de la detención domiciliaria para reforzar la comodidad de la policía, medidas cuya justificación sería que en plena «lucha contra el terrorismo» las fuerzas del orden tienen cosas más importantes que hacer que garantizar la seguridad de las manifestaciones. Por consiguiente, es mejor impedir que la gente haga manifestaciones.

El Consejo Constitucional estimó que la legislación respondía a un motivo de interés general y que no contradecía los derechos y libertades garantizados por la Constitución [17], específicamente con el derecho a manifestar, porque no puede confundirse la detención domiciliaria con un confinamiento domiciliario ya que la persona está detenida durante un horario limitado a 12 de las 24 horas del día, argumento que fue cuestionado por los abogados de los reclamantes en la audiencia realizada el jueves 17 de diciembre de 2015. Los militantes bajo detención domiciliaria estaban, en efecto, obligados a presentarse en la comisaría 3 veces al día y no podían salir de sus domicilios entre las 8 de la noche y las 8 de la mañana. Para sus abogados defensores, ese régimen tenía como objetivo evidente impedirles ejercer su derecho a manifestarse y constituía una medida de privación de libertad. Los abogados señalaban que esas decisiones de detención domiciliaria se habían adoptado únicamente en base a «notas blancas» de los servicios de inteligencia, sin fechas y sin firmas, donde se afirmaba que esas personas «pertenecían a un movimiento radical» y se hablaba de su posible participación en las manifestaciones previstas contra la COP21.

De la detención domiciliaria
al campo de detención

La detención domiciliaria se aplica en un lugar que no es obligatoriamente el domicilio. El sospechoso puede ser conducido a ese lugar manu militari. El proyecto de ley abre así la puerta a la creación de campos. El encerramiento administrativo podría aplicarse a unas 10 000 personas fichadas como «S» que nunca han sido condenadas ni inculpadas.

Es deseo del gobierno implementar la creación de esos campos, ya que incluso ha solicitado la opinión del Consejo de Estado en ese sentido. La solicitud del gobierno se refería a la «constitucionalidad y la compatibilidad con los compromisos internacionales» de un internamiento administrativo, a título preventivo, de personas fichadas [18].

Pero el juez administrativo supremo se opuso a la voluntad del gobierno al responder que una medida de ese tipo sólo podría plantearse para personas que ya hayan sido condenadas por actos de terrorismo [19].

Como la opinión del Consejo de Estado no tiene carácter vinculante –o sea, no es de obligatorio cumplimiento– para el gobierno, el Consejo Constitucional se encargó de decidir sobre esa cuestión. En su decisión n° 2015-527 QPC del 22 de diciembre de 2015 sobre las detenciones domiciliarias en el marco del estado de urgencia, el Consejo Constitucional estipuló que: «La detención domiciliaria no puede, en ningún caso, tener como efecto la creación de campos donde se mantendrían detenidas las personas mencionadas anteriormente» [20]. Este es el único punto de desacuerdo con el gobierno ya que el Consejo declaró conformes con la Constitución todas las medidas adoptadas en el marco del estado de urgencia.

Sin embargo, aunque tanto el Consejo de Estado como el Consejo Constitucional se opusieron al gobierno sobre ese tema en particular, el campo de internamiento podría adoptar la forma de un «centro de desradicalización». Allí podrían ser enviados, en primer lugar, «arrepentidos sometidos a prueba para comprobar su voluntad de reinserción», y luego jóvenes «detectados por su radicalización».

Una nueva etapa en la instalación de un Estado policial

Para instaurar un «régimen civil de crisis», con vista a actuar «contra el terrorismo de guerra» [21], como declaró el presidente Francois Hollande, el gobierno quiere incluir el estado de urgencia en la Constitución. Pero, si los poderes excepcionales se incluyen en la Constitución, ya no podrán ser considerados como realmente excepcionales ya que pasarán a formar parte del régimen implantado por el texto constitucional. Debemos hablar entonces de un cambio de régimen político, del paso de un régimen democrático a un estado de excepción permanente, una simple hoja de parra que trata de esconder un Estado policial.

Finalmente, Francois Hollande renunció temporalmente a incluir el estado de urgencia en la Constitución de la República, porque fue imposible poner de acuerdo a los parlamentarios sobre el procedimiento que debía despojar de su nacionalidad a los ciudadanos franceses condenados por terrorismo. Esta voluntad gubernamental de instaurar un cambio de régimen político se ve confirmada por un proyecto, actualmente abandonado, de arreglar la «salida» del estado de urgencia prolongando los poderes de la policía y de la fiscalía por un periodo de tiempo indeterminado durante el cual los poderes de excepción serían abandonados poco a poco, según la evolución de la situación, evaluada por… el poder ejecutivo.

El segundo proyecto gubernamental desembocó en la ley sobre el procedimiento penal «que refuerza la lucha contra el terrorismo y el crimen organizada». Pero el gobierno pensaba ir más lejos aún creando un delito «de obstrucción al registro». Se trataba, efectivamente, de hacerle saber a la ciudadanía que no tiene ningún derecho ante la policía. También se planeaba que los policías pudieran ocupar cualquier objeto o documento sin comunicarlo al fiscal [22]. La policía se habría liberado así del último elemento del control judicial, el del fiscal, a pesar de que ese magistrado también depende directamente del poder ejecutivo.

Jean-Claude Paye
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[1] «Loi n° 2015-1501 du 20 novembre 2015 prorogeant l’application de la loi n° 55-385 du 3 avril 1955 relative à l’état d’urgence et renforçant l’efficacité de ses dispositions», Légifrance.

[2] Jean-Claude Paye, «Loi française sur le Renseignement: société de surveillance ou société surmoïque?», Réseau Voltaire, 28 de noviembre de 2015.

[3] «Etat d’urgence: le gouvernement propose une prolongation sans perquisitions administratives», La Libre Belgique con AFP, 4 de mayo de 2016.

[4] Laurent Borredon, «Etat d’urgence: «Le serrurier nous l’a bien dit: ‘En ce moment, on n’arrête pas!’», Le Monde.fr Blog, 9 de diciembre de 2015.

[5] Pierre Alonso et Alexandre Léchenet, «Etat d’urgence: un journaliste également interdit de couvrir la manif contre la loi travail», Libération.fr, 15 de mayo de 2016.

[6] Juliette Deborde et Frantz Durupt, «L’état d’urgence, un mois après», Libération, 14 de diciembre de 2015.

[7] «Etat d’urgence: le bilan après six mois», Itele.fr, 24 de abril de 2016.

[8] «Loi n° 2014-1353 du 13 novembre 2014 renforçant les dispositions relatives à la lutte contre le terrorisme », Journal officiel n° 263 del 14 de noviembre de 2014.

[9] Sylvain Mouillard , Lilian Alemagna y Amaelle Guiton, «Les sept mesures sécuritaires qui interpellent», Libération, 19 de noviembre de 2015.

[10] «Loi n° 55-385 du 3 avril 1955 relative à l’état d’urgence, Version consolidée au 10 mai 2016», Légifrance.

[11] La lettre de cachet era una orden real directa y secreta, enviada a las autoridades (generalmente a las autoridades militares o policiales) en un sobre sellado. Mediante las llamadas lettres de cachet el rey de Francia imponía su voluntad personal, ignorando los mecanismos de la justicia y los tribunales. El rey de Francia podía así ordenar el encarcelamiento de cualquier persona. Así fueron encarcelados, entre otros, los filósofos Voltaire y Diderot. Nota del Traductor.

[12] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: le réveil des tribunaux administratifs», Le Monde, 1º de enero de 2016.

[13] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: les assignations à résidence devant le Conseil constitutionnel», Le Monde.fr, 17 de diciembre de 2015.

[14] Jean-Baptiste Jacquin, «Etat d’urgence: le réveil des tribunaux administratifs», Op. Cit.

[15] Conseil Constitutionnel, «Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015».

[16] Patrick Roger, «Le Conseil constitutionnel conforte les assignations à résidence», Le Monde.fr, 22 de diciembre de 2015.

[17] Conseil constitutionnel, "Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015, Op. Cit.

[18] «Para prevenir la realización de acciones violentas por parte de personas radicalizadas, que presentan grados de peligrosidad y conocidas como tales por los servicios de policía, aunque sin haber sido previamente objeto de una condena por actos de terrorismo, ¿puede la ley autorizar una privación de libertad de los interesados a título preventivo y prever su retención en centros previstos a esos efectos?», in Robin Panfili, «Le gouvernement saisit le Conseil d’État sur la mise en place de centres d’internement préventif», Slate.fr, 9 de diciembre de 2015.

[19] «Mesures de prévention du risque de terrorisme», Avis consultatif, Conseil d’État, 23 de diciembre de 2015.

[20] Conseil Constitutionnel, «Décision n° 2015-527 QPC du 22 décembre 2015».

[21] «Etat d’urgence: ce que prévoit le projet de réforme constitutionnelle de Hollande», FranceTVinfo.fr, 3 de diciembre de 2015.

[22] Sylvain Rolland, «Sécurité: l’inquiétante dérive vers la surveillance de masse», La Tribune.fr, 4 de diciembre de 2015.

Jean-Claude Paye
Jean-Claude Paye Sociólogo. Último libro publicado en español: El Final Del Estado De Derecho: La Lucha Antiterrorista: Del Estado De Excepción A La Dictadura, (Argitaletxea Hiru, 2008). Último libro publicado en inglés: Global War on Liberty (Telos Press, 2007).

Red Voltaire
Voltaire, edición Internacional

Artículo bajo licencia Creative Commons

viernes, 1 de enero de 2016

Europa: Un continente a la deriva



                                     Control de acceso a la Puerta del Sol la noche del 31



Raúl Zibechi
Brecha

Observada desde el Sur, la Unión Europea aparece desdibujada. El continente que jugó fuerte en América Latina en la década de las privatizaciones neoliberales, haciéndose con empresa estratégicas, parece haber perdido su propio perfil cuando el mundo atraviesa su mayor crisis de dominación.
“Quien lleva la batuta en Europa es Alemania y tiene una gran complementariedad económica con Rusia”, sostiene el analista geopolítico Alfredo Jalife. El aserto no sólo pega en la diana sino que consigue explicar lo sucedido en 2013, el año de inflexión donde la Unión Europea terminó por someterse a la política del Pentágono de cerco a Rusia para conseguir un cambio de régimen, o sea su aniquilamiento como potencia geopolítica global.
Zbigniew Brzezinsky -ex asesor de Seguridad Nacional de Carter y consultor de Obama- hizo su apuesta al factor militar señalando en un tuit, a principios de febrero de 2015, que “un pequeño contingente de tropas de Estados Unidos en los países bálticos en forma continua deberá hacer más reticente a Putin para que no cometa algo estúpido”.
En Europa central se juega una vez más una partida de ajedrez entre Occidente y Oriente, con repercusiones para todo el mundo. No por casualidad, la mayor parte de las 850 bases militares de Estados Unidos están en Europa. En total, son 342 instalaciones del Pentágono en suelo europeo, de ellas 179 en Alemania, 58 en Italia (aunque varias fuentes aseguran que superan el centenar) y 27 en Inglaterra.
Cuando existía la Unión Soviética el discurso occidental decía que esas instalaciones tenían por objetivo defender a Europa de una eventual invasión del Pacto de Varsovia. Cuando desapareció el régimen soviético y Rusia se convirtió en un país capitalista, los soldados y las bases siguieron en su lugar, no para defender a Europa sino para mantenerla ocupada, o sea dentro del área de influencia de los Estados Unidos.

¿QUIEN DIJO EURO?

 Desde el fin de la segunda guerra mundial, Europa es rehén de Estados Unidos. Ni siquiera la creación de la Unión Europea ha podido fortalecer a la región que a través de la moneda única buscó hacer escuchar su voz en el mundo.
El euro se introdujo en los mercados el 1 de enero de 1999 con vocación de convertirse en alternativa al dominio del dólar. Comenzó operando a 1,17 frente al dólar, alcanzó su pico de 1,59 dólares por euro en julio de 2008. En poco tiempo se convirtió en la segunda moneda de reserva del mundo. Pero la crisis de la zona euro, más política que económica, provocó el hundimiento de su cotización que en diciembre de 2015 se sitúa en torno a 1,09.
En paralelo, el yuan chino comenzó a desplazar tanto al euro como al dólar y terminó siendo aceptado por el FMI. A fines de noviembre, el FMI incorporó el yuan en los Derechos Especiales de Giro (la canasta de divisas creada en la década de 1960 para complementar las reservas oficiales de sus miembros) pese a la oposición de los funcionarios estadounidenses. El yuan se convirtió en la segunda moneda más utilizada en el financiamiento comercial y la cuarta en los pagos transfronterizos, ya que el Banco Popular de China tiene cuarenta acuerdos bilaterales de permuta de divisas con otros tantos bancos oficiales del mundo.
El 18 de diciembre el Congreso de Estados Unidos aceptó a regañadientes que el FMI reformara el sistema de cuotas con la incorporación del yuan, siendo “el cambio más importante dentro del FMI desde 1944, el año en que se construyeron los acuerdos de Bretton Woods”, según el economista Ariel Noyola (Russia Today, 21 de diciembre de 2015).
Lo cierto es que el FMI necesita recursos y sólo China se los puede aportar. Por eso luego de cinco años de negativas los parlamentarios estadounidenses dieron su brazo a torcer. China es el gran vencedor al convertirse en el tercer país con más poder por detrás de Estados Unidos y Japón. Los votos de China pasan de 3,8 a 6%, mientras Alemania, Francia, Italia y el Reino Unido disminuirán su participación. No se trata de un cambio radical, ya que Estados Unidos mantiene su poder de veto, sino de un cambio gradual que anticipa otros mayores.

DEMOCRACIA O ESTADO DE EXCEPCIÓN.

Por primera vez desde su creación, el think tank situado en Francia, Laboratorio Europeo de Anticipación Política (LEAP), sostiene que Europa ha perdido el tren de la democracia y su capacidad de liderazgo. Por eso sostiene que el viejo continente ingresó en un período de oscuridad cuyo destino es ser gobernada por “los nietos de Hitler, Petain, Mussolini…” (Geab N° 100, diciembre de 2015).
Esa fue la anticipación formulada en 2009 por su director, Franck Biancheri, si Europa no conseguía democratizarse. Días atrás el filósofo Giorgio Agamben volvió sobre su tema favorito en un artículo titulado “Del estado de derecho al estado de seguridad” (Le Monde, 23 de diciembre de 2015). Sostiene que la prolongación del estado de emergencia a raíz de los atentados en Francia es parte de la transformación del Estado que estamos presenciando: “Es crucial, primero que nada, desmentir el propósito de las mujeres y hombres políticos irresponsables, según los cuales el estado de emergencia sería un escudo para la democracia”.
Recuerda que el estado de emergencia fue el dispositivo mediante el cual los poderes totalitarios se instalaron en Europa en las décadas de 1920 y 1930. “Cuando la gente se sorprende de los crímenes que pudieron cometerse impunemente en Alemania por los nazis, se olvida de que estos actos eran perfectamente legales, porque el país estaba sometido al estado de excepción y las libertades individuales estaban suspendidas”, reflexiona Agamben.
La cuestión es tanto más grave cuando las democracias occidentales están caminando hacia un “Estado de seguridad”, porque en la coyuntura actual “las razones de seguridad han tomado el lugar de aquello que se llamaba, en otro tiempo, la razón de Estado”. Invocando a Hobbes, argumenta que “el contrato que transfiere los poderes al soberano presupone el miedo recíproco y la guerra de todos contra todos: el Estado es aquello que viene precisamente a poner fin al miedo. En el Estado de seguridad, este esquema se invierte: el Estado se funda duraderamente en el miedo y debe, a toda costa, mantenerlo, pues extrae de él su función esencial y su legitimidad”.
La actual política de seguridad no aspira a impedir los actos terroristas, algo prácticamente imposible, “sino a establecer una nueva relación con los hombres, que es la de un control generalizado y sin límite”. Como la seguridad trabaja con el miedo, no se trata de impedir el terrori sino de administrarlo. “Se ve así a los países proseguir una política extranjera que alimenta el terrorismo que se debe combatir en el interior y mantener relaciones cordiales e incluso vender armas a Estados de los que se sabe que financian las organizaciones terroristas”.
Ante el paradigma de la seguridad caen la certeza judicial como criterio de verdad, por los informes policiales y los medios que dependen de la policía. La despolitización de los ciudadanos cierra el círculo del deslizamiento hacia un “Estado policíaco” que sería una de las características de los estados actuales. Algo que no deja de sorprender en Europa, que hasta hace poco tiempo se había mantenido al margen de las involuciones democráticas en curso.

UN AÑO FATÍDICO.
 
Según el LEAP, en Europa “las tendencias progresistas y reaccionarias estuvieron equilibradas hasta setiembre”, pero luego de la oleada inmigratoria y los atentados en París se produjo un brusco giro a la derecha. El miedo es el sentimiento dominante, que está empujando a buena parte de la sociedad hacia posiciones extremas, como lo muestran los resultados del Frente Nacional en Francia y el triunfo en Polonia de “un dinosaurio del mundo de ayer”, en referencia a la victoria del partido ultra conservador Ley y Justicia, que llevó a la presidencia a Andrzej Duda.
La reforma para quitarle poderes al Tribunal Constitucional levantó una oleada de preocupaciones en Bruselas que pidió “respeto al estado de derecho”, ya que las medidas adoptadas afectan la independencia de los jueces. El presidente del Parlamento Europeo, el alemán Martin Schulz, mostró su preocupación por la situación que vive Polonia con declaraciones en las que dijo que la llegada al gobierno de Ley y Justicia “tiene carácter de golpe de Estado” (Deutsche Welle, 23 de diciembre de 2015).
No es el único caso que muestra los desvaríos europeos. Meses atrás militares británicos dijeron que “un gobierno de Jeremy Corbyn podría enfrentar un motín del Ejército si intenta rebajarlos”, en referencia a su propuesta de retirarse de la OTAN o reducir las fuerzas armadas (The Independent, 20 de setiembre de 2015). “Habría renuncias masivas en todos los niveles y se enfrentaría a la perspectiva muy real de un evento que sería efectivamente un motín”, acotó un oficial de alta graduación. En tanto, el primer ministro francés, el socialista Manuel Valls, pronosticó “una guerra civil” en caso de que el Frente Nacional ganara las elecciones (The Telegraph, 11 de diciembre de 2015).
Ni qué hablar de las permanentes amenazas a las propuestas de independencia para Cataluña por parte del rey y la amenaza de utilizar a las fuerzas armadas si se convocara un referendo. El LEAP asegura que “una especie de colusión entre los sectores público y privado está teniendo lugar amenazando las libertades civiles, con el consentimiento de las poblaciones cada vez más aterrorizadas”.
El punto de inflexión fue 2013. Fue el año del golpe de Estado contra el gobierno de Ucrania, cuando la Unión Europea aceptó que grupos armados en la plaza Euromaidan –con evidente apoyo de los Estados Unidos- mataran decenas de civiles y policías hasta forzar la caída del presidente electo Víktor Yanukóvich. Bruselas participó de la conspiración urdida por Washington, con la excusa que los ucranianos querían ingresar a la Unión Europea, cuando en realidad se trataba de instalar un régimen anti ruso en las fronteras de Rusia.
La ofensiva de los neoconservadores estadounidenses contra el presidente Vladimir Putin, así como contra el sirio Bachar al Asad, es en los hechos una apuesta para revertir militarmente su decadencia, bloquear la Ruta de la Seda comercial entre China y Europa y reordenar el mapa de Medio Oriente a favor de Israel. En todo caso, una actitud que Bruselas no hubiera tolerado en otros países.
La fuerza de las armas sólo puede ser contenida, y eventualmente enfrentada, por potencias que tengan una visión clara del mundo, por gobiernos que cuenten con respaldo ciudadano y tengan la decisión para afrontar los conflictos. Por el momento, sólo Rusia, China, Irán, y parcialmente la India, parecen estar a la altura de los desafíos lanzados.

TIEMPOS OSCUROS. 
 
Hasta 2013 el gobierno ruso “mostraba un deseo de europeización”, con apertura en derechos humanos y la organización de competiciones deportivas, jugando un papel moderado en la crisis siria. “Putin estaba jugando con las reglas europeas, con el deseo de ser reconocido como un igual”, pero “la forma en que él y su país fueron tratados en 2014, lo obligaron a inclinarse hacia China, relegar sus esfuerzos en el campo de los derechos humanos, desarrollar el mayor desprecio por los europeos…y ahora que coincidimos con su punto de vista, Europa tiene que jugar con sus reglas” (Geab N° 100, diciembre 2015).
Una parte sustancial de los males que padece Europa, tanto la demencial política de buscar un cambio de régimen en Rusia como el empeño en derribar gobiernos en Medio Oriente que ha provocado la oleada de refugiados, se habrían evitado si Bruselas hubiera puesto límites a las políticas agresivas de Washington. Incluso los destrozos del Estado Islámico. serían considerablemente menores si Europa le hubiera dicho a la cara a la Casa Blanca que no jugara con fuego. Para eso hubieran sido necesarios liderazgos sólidos, capaces de enfrentar tormentas como las que desató Estados Unidos contra el euro, primero, las economías europeas luego, y poco después contra Rusia.
Frente a Turquía, se repiten los rasgos de irresolución y debilidad endémicos, tolerando groseras violaciones de los derechos humanos. No es, empero, una historia nueva. El ascenso del nazismo que Bertold Brecht inmortalizara en su obra “La resistible ascensión de Arturo Ui”, enseña que los errores del pasado vuelven a cometerse toda vez que domina una dirigencia “pusilánime e irresoluta”, como destaca el think tank francés, que concluye con una afirmación tremenda: “En cualquier caso, la democracia no está en el programa de Francia en los próximos años”. No lo dicen un puñado de anarkopunks sino uno de los más serios centros de pensamiento europeos.
Sólo cabría agregar dos cuestiones. Una, que el descarrilamiento de las democracias parece ser el camino que seguirá toda Europa, cuyos dirigentes están cada vez más distanciados de los ciudadanos, como lo puso en evidencia el referendo griego y las presiones sobre el gobierno de Syriza.
La segunda, es que tratándose del islam y de los inmigrantes, ni Francia ni Europa se caracterizaron nunca por un comportamiento democrático ni humanitario. Tal vez sea conveniente echar un vistazo al pasado inmediato –no ya a la masacre de argelinos en París, en octubre de 1961- sino a lo sucedido en Argelia cuando el moderado FIS (Frente Islámico de Salvación) ganó democráticamente las elecciones municipales de 1990 con el 64 por ciento de los votos. En 1991, para evitar que ganara en la segunda vuelta, se dio un golpe con apoyo de Paris, por el que se instaló el estado de excepción (voilá!) y se anuló el proceso electoral. El país de las Luces alentó la guerra civil que sobrevino y supuso una degollina en la que murieron 200 mil argelinos.
Tres años atrás el Frente Nacional abrió su oficina en la Escuela Nacional de Administración (ENA) de París, “que forma en los últimos 143 años las elites políticas francesas, desde los ministros hasta los presidentes de todas las tendencias políticas” (Le Point, 27 de agosto de 2015). Es evidente que las ideas que defiende el Frente Nacional no sólo no van a evaporarse, sino que tienden a arraigarse en uno de los estados más fuertes e influyentes de Europa. ¿Habrá que tocar fondo, como sucedió en setiembre de 1938 con los Acuerdos de Munich, para que comience una reacción de abajo arriba? 

http://brecha.com.uy/un-continente-a-la-deriva/
Fuente: Rebelión.org

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